14N: Los Acuerdos Tripartitos de Madrid

Casi medio siglo después de los acuerdos con los que España dio por finalizada su presencia en el Sahara Occidental, te contamos sus luces e iluminamos sus sombras.

Itziar Canales

11/9/202210 min read

"Los Acuerdos Tripartitos" Walad Aawah

Los acuerdos

     Los Acuerdos Tripartitos de Madrid se firmaron el 14 de noviembre de 1975 entre el gobierno español (Carlos Arias Navarro), el marroquí (Ahmed Osman) y el mauritano (Hamdi Ould Mouknass) con el objetivo de que España traspasara la administración del Sahara Occidental a estos dos países.

  Por esta declaración, España procedería “de inmediato a instituir una Administración temporal en el territorio, en la que participarán Marruecos y Mauritania en colaboración con la Yemaá y a la cual serán transmitidas las responsabilidades y poderes" que tenía la, entonces, potencia administradora. Culminaba indicando que "la terminación de la presencia española en el territorio” se llevaría a cabo, de manera definitiva, “antes del 28 de febrero de 1976". Efectivamente, el 26 de febrero de 1976, mientras los últimos militares españoles del Sahara Occidental abandonaban el territorio, el Gobierno español comunicó al secretario general de la ONU que daba por terminada su presencia en el Sáhara, desprendiéndose de cualquier responsabilidad de carácter internacional ya que serían, a partir de entonces, Marruecos y Mauritania quienes administrarían el territorio hasta la celebración del referéndum.

       Gracias a la revista Interviú (26 de enero-1 de febrero de 1978, pag 14-17), se supo que, aparte de los acuerdos que se mostraron públicamente, también se firmaron acuerdos secretos que versaban sobre permisos de pesca, explotaciones de fosfato, bienes públicos y privados y la cesión de los espacios aéreos, marítimos y de comunicación. Varios documentos señalan que la publicación del contenido de estos pactos provocó que la revista fuera secuestrada judicialmente.

       Estos acuerdos, que se vendieron como la mejor solución para algo que no se podía evitar, jamás fueron publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero la partición del territorio sí se publicó el 14 de abril de 1976 en el Diario Oficial del Gobierno de Marruecos.

Los predecentes

     El 21 de abril de 1961, se publicó en el BOE la Ley 8/1961, que establecía que la colonia española del Sáhara Occidental pasaba a convertirse en la provincia 53 de España. Esto se hizo poco después de que la ONU dictaminara que el Sahara Occidental era una colonia y que, como tal, tenía derecho a la independencia de su potencia administradora. Tras esta conversión, en 1965, la ONU aprobó otra resolución, específica para el Sahara Español, en la que se pide a España, “como Potencia administradora, que adopte inmediatamente todas las medidas necesarias para la liberación de los Territorios de Ifni y del Sáhara Español de la dominación colonial”. A ello se comprometió España en verano de 1974, cuando se envió un comunicado a la ONU en la que aceptaban y se comprometían a la celebración del referéndum. 

    El 20 de octubre de 1975, se envió a las Cortes un proyecto de ley para la descolonización del Sahara Español y, el 2 de noviembre, el príncipe Juan Carlos viajó al Aaiún afirmando que España “cumpliría sus compromisos” y celebraría el referéndum de autodeterminación que exigían las resoluciones de las Naciones Unidas. Así se defendió por parte de la diplomacia española, también, en las Naciones Unidas, donde se llevaba el derecho internacional por bandera y se afanaban en demostrar que ni Marruecos ni Mauritania tenían una relación de soberanía histórica sobre el territorio, tal y como confirmó el Tribunal de Justicia de La Haya el 16 de octubre de 1975.

Todo lo acordado

    Tiempo después se ha sabido que, en realidad, la entrega del Sahara Occidental ya se había firmado cuando el ministro Carro se defendió ante las Cortes, mientras se debatía la Ley de Descolonización, de la acusación de haberse comprometido con Marruecos en la cesión del territorio. Además, cuando se conocieron los Acuerdos, se insistió en que no era la soberanía lo que se traspasaba, sino una administración temporal que sería previa a la celebración del referéndum al que las partes se habían comprometido.

     También se ha sabido que la Marcha Verde fue acordada con Marruecos, siendo el príncipe Juan Carlos quien informó a la Casa Blanca de que, para evitar los conflictos militares que podría acarrear la invasión, entregaría el Sahara a Marruecos, permitiendo, no obstante, una marcha simbólica que traspasaría las fronteras establecidas. Tras la Marcha Verde, Luis Rodríguez de Viguri y Gil afirmó que, lo que primó en la “descolonización” fueron los intereses de España, pensando que esto paralizaría una posible invasión en Ceuta y Melilla.

       Con la justificación de los beneficios que España obtenía y con la excusa de los tiempos convulsos que seguían a la muerte del dictador, se pretendió conciliar la Ley de Descolonización con los Acuerdos de Madrid. De esta manera, en febrero de 1976, España se consideraba desligada de toda responsabilidad como potencia administradora.

Los intereses y los supuestos beneficios

     La presión internacional, que exigía la celebración de un referéndum, forzó la redacción de un estatuto de autonomía, por parte de España, que nunca llegó a aprobarse. Pese a que buena parte del Gobierno se esforzaba en defender el derecho internacional y llamaba a cumplir con sus responsabilidades como potencia española, Marruecos siempre tuvo aliados en sus aspiraciones para expandir su territorio más allá de sus fronteras. Políticos como Arias Navarro o José Solís, además de empresas y medios de comunicación, como el Grupo Fierro, Rumasa, la revista Blanco y Negro o el ABC; siempre se mostraron proclives a un mayor acercamiento con el vecino del sur, aunque lo hicieron en secreto y a espaldas de parte del Gobierno, que consideraba que sería indigno entregar el territorio a Marruecos, además de que preveían que podría traer consecuencias negativas en el futuro.

     Fueron muchas las cosas que Marruecos prometió a España y que, con el tiempo, se vio que no cumpliría: de un lado, lo que se acordó en lo relativo a la pesca y demás materia económica; por otro, la reivindicación “histórica” de Ceuta y Melilla como parte de su integridad territorial. Poco a poco, Marruecos fue rebajando el nivel de lo acordado, llegando, incluso, a la situación actual, en la que aún se espera que se delimite la territorialidad de las aguas canarias.

Marruecos

     Aunque Hassan II hablaba a los saharauis “como rey al que vuestra promesa de sometimiento aún pesa sobre vuestras cabezas”, la sentencia del Tribunal de Justicia de la ONU fue clara: los elementos e informaciones puestos en conocimiento de la corte indican que en el momento de la colonización española existían vínculos jurídicos de subordinación entre el Sultán de Marruecos y ciertas tribus que vivían en el territorio del Sáhara Occidental. En cambio, la Corte llegó a la conclusión de que los elementos e informaciones puestos a su disposición no demostraban la existencia de ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental, por una parte, y el Reino de Marruecos o el complejo mauritano, por la otra. Declaraba, así, que los vínculos que pudo haber no condicionaban, en ningún caso, el derecho a la autodeterminación que amparaba al pueblo saharaui. Esto, en cierto modo, fue, también, un varapalo para España, que esperaba que la sentencia fuera favorable a Marruecos para poder desentenderse de sus obligaciones.

     A pesar de ello, el rey marroquí declaró que el Tribunal había dado la razón a sus demandas y, respaldado por Francia y por Estados Unidos, anunció la Marcha Verde, una invasión “pacífica” de más de 350mil personas, entre civiles y militares.

Naciones Unidas y la Unión Africana

      Para solucionar el conflicto, Kurt Waldheim, secretario general de las Naciones Unidas entre 1972 y 1981, ideó una hoja de ruta (que nunca se publicó en ningún documento oficial) para solucionar el conflicto, que incluía la anulación de la Marcha Verde, la retirada del territorio por parte de España antes del 1 de enero de 1976 y que hubiese una autoridad interina de la ONU hasta que se llevara a cabo el referéndum. Marruecos se negó a este plan, pese a los intentos que hizo Kissinger (cuyas contradicciones tendrán su propio Especial) para su aceptación, e insistió en fortalecer los acuerdos con Madrid a espaldas de la ONU.

    Los representantes españoles ante la ONU siempre se mostraron, en línea con el derecho internacional, a favor del referéndum de autodeterminación. Tras los Acuerdos de Madrid, la Asamblea de la ONU aprobó dos resoluciones diferentes: la resolución 3458A, que se refiere a España como “potencia administradora del Sahara Occidental” y la 3458B, que “toma nota” del acuerdo. Ambas resoluciones confirman el “derecho inalienable del pueblo del Sahara Occidental a la autodeterminación y a la independencia”, derecho que deben ejercer bajo los auspicios de las Naciones Unidas. Abdelaziz Buteflika, ministro de Asuntos Exteriores argelino en aquellos tiempos, envió una carta condenando la aceptación de la división del territorio del Sahara Occidental, acusando a las partes de violar la Carta de las Naciones Unidas y de “caer en el marco de la política de agresión y hechos consumados”.

     El 29 de enero de 2002, Hans Corell, asesor jurídico de la ONU y encargado de la gestión del referéndum, dictaminó que España era la potencia administradora del Sahara Occidental y, puesto que no disponía de soberanía sobre el territorio, no podía, tampoco, transferirla a un tercero. Esto invalidaba, por lo tanto, los contratos que Marruecos firmaba como soberano del Sahara Occidental por sus recursos.

     Por su parte, la Unión Africana impulsó, en 1979, una comisión de investigación que concluyó que, al ser nulos los acuerdos de Madrid, Marruecos no podía anexionarse el Sahara Occidental. Finalmente, se planteó que la solución era un referéndum con dos opciones: la independencia o la aceptación del statu quo, mantenerse bajo la soberanía marroquí.

La nulidad de los acuerdos

     Los Acuerdos de Madrid son nulos de pleno derecho por varias razones.

     En primer lugar, se muestran contradicciones respecto a la norma imperativa del ius cogens que expresa el derecho a la libre determinación de un pueblo bajo ocupación colonial como una norma imperativa del Derecho Internacional.

     Por otro lado, dado que España no disponía de la soberanía del territorio del Sahara Occidental, sino que ejercía de potencia administradora, no puede traspasar, de manera unilateral, esta condición a terceros. España, entonces, sólo tenía dos opciones para cumplir sus responsabilidades: realizar un referéndum de autodeterminación con el que culminase la descolonización o transferir la administración del territorio al Consejo de Administración Fiduciaria, como se recogía en el artículo 77.1.c de la Carta de Naciones Unidas. No se hizo ninguna de las dos cosas.

     Asimismo, si bien, la entrega del Sahara Occidental afectaba a la soberanía o integridad territorial española, no necesitara ni ratificación de las cortes ni intervención del jefe del Estado, el artículo 14.II de la Ley de Cortes sí exigía que el Gobierno informase a las Cortes de dicho tratado, algo que no llevó a cabo. Además, los Acuerdos no fueron publicados en el BOE, algo que exigía el Código Civil y se firmaron a espaldas de una cámara que dio al Gobierno, con la Ley de Descolonización del Sahara, autoridad para negociar el fin de la descolonización sin saber que los pactos ya se habían firmado. El hecho de que se firmaran a escondidas y antes de que se otorgue ese poder, deja a los propios Acuerdos fuera de la ley.

Conclusión

   En el año 2014, el actual ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en un sumario de la Audiencia Nacional afirma que buena parte del sector doctrinal aún considera a España como la potencia administradora de iure, es decir, ante la ley, del territorio, ya que los Acuerdos de Madrid no son válidos si no se realiza el referéndum de autodeterminación acordada, tal y como se afirmaba en la resolución 3458B.

   La Declaración de Principios de Madrid es un acuerdo nulo y sin valor porque viola una norma vinculante de derecho internacional público, el derecho de los pueblos sometidos a dominación colonial a expresarse a través de un referéndum de autodeterminación. El Sahara Occidental sigue considerándose un territorio no autónomo pendiente de descolonización, cuya administración por parte de Marruecos o Mauritania nunca ha sido reconocida por las Naciones Unidas.

     Ya ha pasado más de medio siglo desde que el derecho internacional otorgó al pueblo saharaui su derecho a la autodeterminación. Pese a ello, Marruecos ha conseguido, a través de sus aliados, que la situación de ocupación se mantenga inalterable. Sin una verdadera voluntad política para hacer que la legalidad internacional se cumpla, la ley del más fuerte seguirá imperando y las Naciones Unidas seguirán siendo una entidad elitista e inútil que sólo defiende los intereses de los poderosos.